Área Legal

Nuestra Área Legal está conformada por tres abogados:

Lcda. Jessica Sandí Cubillo.

Lcda. Jessica Jiménez Rodríguez.

Licdo. Luis Ugalde Montero.

 

Teléfono: 2238-0986 

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Protocolo atención de casos para afiliados (as) al SITUN.

Con el objetivo de alcanzar una atención mas eficiente y eficaz para nuestros (as) afiliados (as) al SITUN, que presentan dudas, consultas o posibles conflictos, es importante recordar y aclarar el protocolo correcto para la atención de los mismos, este procedimiento ayuda a evitar disconformidades, malos entendidos por parte de las personas involucradas en la atención de los casos.


1.    El afiliado (a) solicitará cita con anterioridad por cualquier medio virtual o presencial de comunicación mediante la secretaria de la Asesoría Legal o la persona encargada.

2.    Si el afiliado solicita que la consulta se tramite de forma telefónica, la secretaria de la Asesoría Legal debe trasladar la llamada a la persona responsable de la Secretaría de Conflictos, en caso de que la llamada no pueda ser atendida inmediatamente, la persona que recibió la llamada tomara los datos del afiliado (a) en la boleta respectiva se trasladan algún miembro del Comité Ejecutivo para que el mismo de continuidad a la consulta.

3.    Si la persona que recibe la consulta telefónica, no es la secretaria de la Asesoría Legal, esta persona debe informar a la misma para que coordine el trámite y le dé el seguimiento adecuado.

4.    La secretaria de la Asesoría Legal llenará una boleta con los datos personales del afiliado (a), indicando el tipo de atención que requiere (telefónica, presencial o virtual) y un resumen sobre el asunto a tratar.
   a. La boleta de atención deberá ser completada con los datos del afiliado dependiendo de la atención que requiera (telefónica, presencial o virtual) y con los datos de quien lo atendió, la fecha y la hora.
   b. Es la secretaria de la Asesoría Legal la responsable de dar continuidad a las consultas. (Trasladar y coordinar citas), para tal efecto, si es otra persona la que recibió la llamada es responsable de trasladar la información a esta.
   c. Dentro de las veinticuatro horas posteriores al recibo del caso, la secretaria de la Asesoría Legal, de ser necesario, debe darle el trámite correspondiente.
   d. Si el caso es de atención telefónica, el miembro del Comité Ejecutivo responsable cuenta con veinticuatro horas a partir de que recibe la notificación para dar la debida continuación.
  e.  En la boleta de atención debe constar el nombre de la persona a quién se le trasladó, la fecha y la hora.
  f.   El responsable del Comité Ejecutivo debe darle continuidad al caso, completar la información en la boleta correspondiente, fecha y hora del recibo del traslado, fecha y hora del trámite realizado, un resumen sobre la atención brindada y de ser necesario copia a las instancias involucradas.

5.    Si la secretaria de la Asesoría Legal no se encuentra laborando, será la persona encargada de la recepción la responsable de darle el trámite al caso.

6.    Si el responsable de la Secretaría de Conflictos se encuentra disponible  se valorará la posibilidad de brindar la atención de inmediato al caso sin cita previa, la secretaria de Asesoría Legal debe consultar la disponibilidad  de atender el caso que se presenta como urgencia.

7.    Si el responsable de la Secretaría de Conflictos no se encuentra en su oficina el mismo debe coordinar con otro miembro del Comité Ejecutivo para que lo sustituya en su ausencia, así mismo, debe comunicarle a la Secretaria de Asesoría Legal quién es el responsable de la Secretaría de Conflictos en su ausencia.

8.    El responsable de la Secretaría de Conflictos, o la persona autorizada es el encargado de identificar la pertinencia de que el caso sea trasladado a la asesoría legal, o bien se atienda de otra manera.

9.    Para el traslado de un caso a la Asesoría Legal la boleta de atención de casos debe ir firmada con el visto bueno del responsable de la Secretaría de Conflictos o la persona autorizada.

10.    La Secretaria de la Asesoría Legal distribuirá los casos entre los asesores legales previa coordinación con la persona responsable de la Secretaría de Atención de Conflictos o el Secretario General o el Secretario General Adjunto, con el fin de que la atención de los mismos sea lo más eficiente posible.

11.    Los Asesores legales deben verificar que la boleta de atención de casos lleve el visto bueno de algún miembro del Comité Ejecutivo, de lo contrario, deben devolverlo a la Secretaria de la Asesoría Legal para completar la información.

12.    Los asesores legales podrán realizar cualquier tipo de consulta a la persona responsable de la Secretaría de Conflictos o la persona autorizada con el fin de alcanzar la atención eficiente y eficaz del caso respectivo.

13.    Cuando la atención es solicitada por una persona NO Afiliada, se le dará la atención básica (llamada telefónica, coordinar de atención primaria o correo electrónico). Si se identifica que el caso requiere acompañamiento por parte del SITUN, la persona deberá afiliarse para poder continuar con el caso.

14.    Si el caso ha sido trasladado a la Asesoría Legal, la cita programada será estrictamente para atender ese asunto, si la persona plantea un nuevo caso es necesario completar los pasos correspondientes para que sea incluido un nuevo caso.