Rafael Arroyo Conejo
Son atribuciones y deberes de la Fiscalía General:
a) Asistir con voz a las sesiones del Comité Ejecutivo.
b) Dedicar eficiente, efectiva y plenamente la licencia sindical que se le asigne en el cumplimiento de sus funciones
c) Velar por el estricto cumplimiento del Plan Estratégico y del Plan Operativo Anual, de este Estatuto, de los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, del Consejo de Comités Seccionales y del Comité Ejecutivo.
d) Denunciar a aquellos afiliados que incumplan las disposiciones señaladas en el inciso anterior.
e) Rendir un informe a la Asamblea General del Sindicato, sobre la labor realizada en el ejercicio de sus funciones por el Consejo de Comités Seccionales, el Comité Ejecutivo y los Comités Seccionales.
f) Ejercer funciones de contralor en todas las actividades del Sindicato. Las funciones controladoras deberán tener un carácter preventivo de forma que coadyuve al adecuado y correcto funcionamiento del SITUN.
g) Fiscalizar las actuaciones de los afiliados y miembros del Comité Ejecutivo, en el uso de los bienes materiales y servicios del Sindicato.
h) Velar porque la conducta de todos los afiliados y miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato se ajuste a los principios y objetivos del mismo.
i) Velar porque todas las actuaciones del Sindicato se ajusten, única y exclusivamente, a los derechos e intereses de los trabajadores, considerados individualmente y como clase social.
j) Redactar y firmar toda la correspondencia de la Fiscalía.
k) Integrar la perspectiva de género y de equidad en su quehacer cotidiano.
l) Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en este Estatuto y aquellas que le encomienden el Comité Ejecutivo, el Consejo de Comités Seccionales o la Asamblea General.